08 de Noviembre 2023
¿Cuándo puedo reclamar el pago de mi factura electrónica ante un juez?
Sabemos que te preocupa recibir el pago oportuno de tus facturas electrónicas. Por esta razón, queremos proporcionarte información sobre cuándo puedes reclamar el pago de tu factura electrónica ante un juez en el contexto colombiano.
La factura electrónica se ha convertido en una herramienta esencial en el mundo del comercio moderno, agilizando los procesos de facturación y brindando un mayor nivel de seguridad y autenticidad en las transacciones. Sin embargo, surge la pregunta crucial: ¿Cuándo puedo reclamar el pago de mi factura electrónica ante un juez? Para comprender cuándo se puede llevar a cabo este proceso, es esencial considerar la factura electrónica como un título valor y conocer los requisitos establecidos por la legislación colombiana.
Factura Electrónica como Título Valor
La factura electrónica, para ser considerada como título valor en Colombia, debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1349 del 26 de agosto de 2016. Este decreto regula la circulación de la factura electrónica como título valor y establece los procedimientos a seguir en caso de incumplimiento del pago.
Se verifican detalles como la fecha de recepción y la firma del receptor, lo cual es fundamental para que la factura pueda tener mérito ejecutivo. Sin embargo, el Decreto 1349 de 2016 proporciona una solución a este problema. En su artículo 2.2.2.53.1, se establece que el adquirente o pagador que esté obligado a facturar electrónicamente o haya optado por expedir la factura por este medio debe aceptar explícita o implícitamente el contenido de la factura electrónica por medios electrónicos.
Si tu cliente no paga una factura electrónica y necesitas recurrir a un juez, es esencial cumplir con los requisitos de admisibilidad de la demanda ejecutiva, que incluyen la designación del juez, los datos de las partes, el objeto de la demanda, los hechos fundamentales, las pruebas y documentos, entre otros. Además, la factura electrónica debe entregarse en formato XML como anexo.
El proceso ejecutivo con factura electrónica implica la presentación de la demanda, el mandato ejecutivo, citación y emplazamiento para la defensa, la interposición de excepciones y otros medios de defensa, la contestación de excepciones, la aportación de pruebas, la emisión de la sentencia, el cumplimiento o ejecución de la sentencia y, en caso necesario, el remate y adjudicación de bienes.
Puede reclamar el pago de su factura electrónica ante un juez en los siguientes casos:
Aceptación expresa: Cuando el adquirente/deudor/aceptante acepta expresamente el contenido de la factura electrónica por medios electrónicos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la mercancía o del servicio.
Aceptación tácita: Cuando el adquirente/deudor/aceptante no reclama en contra del contenido de la factura electrónica dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la mercancía o del servicio. El reclamo debe ser por escrito en un documento electrónico.
Es decir, puede reclamar el pago de su factura electrónica ante un juez si no ha sido aceptada por el adquirente en los plazos establecidos en los casos mencionados.
Proceso ejecutivo con factura electrónica
El proceso ejecutivo con factura electrónica sigue una serie de etapas específicas:
- Demanda o petición de ejecución: Presenta la demanda que contiene el título, documento o resolución con mérito ejecutivo.
- Mandato ejecutivo: Se emite un mandato que ordena el pago.
- Citación y emplazamiento para la defensa: El demandado es notificado y tiene la oportunidad de defenderse.
- Interposición de excepciones y otros medios de defensa: El demandado puede presentar excepciones y otros medios de defensa.
- Contestación de excepciones: El demandante responde a las excepciones y defensas presentadas.
- Aportación de pruebas: Se admiten pruebas como la declaración de parte, documentos y pericia.
- Sentencia: El juez emite una sentencia.
- Cumplimiento o ejecución de la sentencia: Se busca el cumplimiento de la sentencia.
- Remate y adjudicación: Si es necesario, se lleva a cabo un remate y adjudicación de bienes.
- Pago: El demandado realiza el pago.
- Recurso impugnatorio: La apelación es el recurso impugnatorio que procede contra la sentencia.
Es importante tener en cuenta que el mandamiento ejecutivo no es apelable, solo es susceptible de reposición. En caso de que se revoque el mandamiento de pago debido a la ausencia de requisitos del título ejecutivo, el demandante puede presentar una demanda dentro de los cinco días siguientes para un proceso declarativo en el mismo expediente.
Finalmente, para que un título valor preste mérito ejecutivo, debe tratarse de una deuda clara, expresa y actualmente exigible al momento de la demanda.
A continuación, te dejamos las siguientes conclusiones acerca de los términos y temas del artículo.
Mérito ejecutivo: La factura electrónica es un documento que respalda las transacciones de bienes y servicios, con el mismo valor legal que una factura en papel. Esto significa que puede ser utilizada como título valor en procesos ejecutivos, y no puede ser rechazada en dichos procesos.
Requisitos: Para que una factura electrónica tenga mérito ejecutivo, debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1349 de 2016 y el artículo 774 del Código de Comercio.
Supervisión: En procesos ejecutivos, es importante tener en cuenta las leyes relacionadas con el tratamiento de datos personales, el acceso a mercados y canales de comercialización, y las normas de control y vigilancia de precios.
Registro y trazabilidad: Las facturas electrónicas se registran para permitir su consulta y garantizar la trazabilidad, siguiendo estándares que previenen el lavado de activos y aseguran la unicidad, autenticidad, integridad y no repudio del documento.
Aceptación irrevocable: Si el comprador o beneficiario del servicio no rechaza la factura electrónica en un plazo de tres días hábiles después de recibirla, se considera aceptada de manera irrevocable.
Oficina de registro: La oficina de registro de la factura, junto con el operador certificado, son responsables de garantizar la entrega y la certificación de la aceptación de la factura electrónica, lo que otorga el mérito ejecutivo requerido.
Reposición simplificada: La factura electrónica no requiere el engorroso proceso de reposición a través de los juzgados, ya que puede ser repuesta a través de la oficina de registro de la factura, según el Decreto 1349 de 2016.
Reforma Tributaria: La Reforma Tributaria de 2016 elevó la factura electrónica a la categoría de factura de venta, otorgando al gobierno nacional amplias facultades para su reglamentación, junto con otros sistemas de facturación.
En G&M Consultores Jurídicos, estamos aquí para ayudarte en todo momento. No dudes en contactarnos si necesitas más información o asesoramiento adicional sobre este tema.



