¿Resolver los conflictos ante Tribunal de Arbitraje o Juez? Ventajas y Beneficios del Arbitraje
08 Diciembre 2023
¿Resolver los conflictos ante Tribunal de Arbitraje o Juez? Ventajas y Beneficios del Arbitraje
G&M Consultores Jurídicos
¡Descubre el Mundo del Arbitraje: ¡Una Alternativa para Resolver Conflictos!
En el universo legal, el arbitraje se destaca como una fascinante alternativa para resolver disputas. Imagina un escenario donde las partes involucradas confían en un tercero imparcial, los árbitros, para tomar decisiones sabias y justas.
¿Qué es el Arbitraje y por qué es tan especial?
El arbitraje es un mecanismo que ofrece una salida a las controversias. En lugar de recurrir a la justicia ordinaria, las partes confían en árbitros para resolver disputas relacionadas con asuntos de libre disposición o aquellos permitidos por la ley. La joya de la corona es el "laudo arbitral", la sentencia que emite el tribunal de arbitraje. Este puede ser en derecho, en equidad o técnico, dependiendo del caso.
Características que Debes Conocer:
- Hetero-Compositivo: En este emocionante juego legal, un tercero imparcial, diferente a las partes involucradas, toma las riendas para resolver el conflicto. ¡Un árbitro fuera del cuadrilátero, pero con la sabiduría para impartir justicia!
- Oneroso: Navegar por las aguas del arbitraje tiene un precio. Deberás desembolsar los honorarios y gastos del Tribunal de Arbitramento para poner en marcha este intrigante proceso. ¡Pero recuerda, a veces la justicia tiene su costo!
- Excepcional: No es algo que veas todos los días. Las partes, mediante un pacto arbitral, deciden apartarse de la justicia ordinaria y confiar en particulares, los árbitros, para resolver sus disputas. ¡Un giro inesperado en el guion legal!
- Autonomía de la Cláusula: Si el pacto se esconde en una cláusula, ¡esa cláusula tiene vida propia! Es independiente del contrato, una entidad legal con sus propias reglas.
- Temporal: Todo tiene su momento y lugar. El tribunal deja el escenario cuando se cumplen diversas condiciones, como la emisión del laudo o el vencimiento del tiempo, entre otros. ¡Una función con un telón que eventualmente baja!
- Árbitro o Tribunal de Arbitramento: En el corazón del arbitraje se encuentran los árbitros, esas personas valientes (siempre en número impar) que se enfrentan a conflictos para emitir el laudo arbitral. Las partes son las directoras de esta obra legal y deciden conjuntamente el número de árbitros.
- ¡Tres árbitros, tres héroes de la justicia! El Tribunal de Arbitramento es como el elenco de esta fascinante producción legal. Los árbitros, designados por las partes en conflicto, son los actores principales que decidirán el desenlace del drama legal. En Colombia, este emocionante juego legal tiene sus raíces en la Ley 105 de 1890, que abrió las puertas para que las personas sometieran sus diferencias a la decisión de un árbitro, en casos específicos y según el procedimiento establecido.
En Colombia, a lo largo de los años se han introducido una serie de mecanismos alternativos de solución de conflictos -MASC- posicionándose como un hito significativo en la búsqueda de vías eficientes y flexibles para resolver disputas legales. En este sentido, el 30 de junio de 2022, el Congreso de la República expidió la Ley 2220 de 2022 con el objeto de crear un Estatuto de Conciliación (también el “Estatuto de Conciliación” o el “Estatuto”). Teniendo en cuenta el artículo 145 del Estatuto de Conciliación, su entrada en vigor tuvo lugar hasta el 30 de diciembre de 2022.
Este Estatuto ha surtido varios efectos desde su entrada en vigencia. Dentro de estos, se encuentran; la derogatoria de varias disposiciones normativas sobre asuntos de conciliación o relacionados, dispersas en diversas leyes y, así mismo, la derogatoria en su totalidad de la Ley 640 de 2001, norma anterior conocida por regular los más importantes aspectos relativos a la conciliación. El nuevo Estatuto, está compuesto de 146 artículos que se distribuyen entre 11 capítulos y títulos. Regula lo relativo al objeto, ámbito de aplicación y los principios de la conciliación; su procedimiento; lo relativo a los operadores autorizados para conciliar; lo que respecta a la conciliación ante notarías; la conciliación extrajudicial en materia policiva, la conciliación en asuntos de lo contencioso administrativo y laborales, entre otras cosas.
Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos: Un Enfoque Integral
Los Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos -MASC- se presentan como una valiosa herramienta para abordar disputas de manera eficiente y pacífica. En este artículo, exploraremos además del arbitraje, otros tres de estos mecanismos: conciliación, negociación y mediación, destacando sus características y principios fundamentales.
- Conciliación:
La conciliación, regulada por el Decreto 1818 de 1998 en Colombia, se define como un proceso donde las partes en conflicto buscan resolver sus diferencias con la ayuda de un conciliador neutral. La conciliación se caracteriza por ser informal, bilateral, onerosa, y confidencial. Junco (2007) destaca la importancia de su agotamiento para la aceptación judicial y este mecanismo proporciona una solución amigable, ahorrando tiempo y recursos.
- Negociación:
La negociación, considerada como un MASC, se basa en el diálogo entre las partes en conflicto para llegar a un acuerdo beneficioso para ambas. Su enfoque está en la privacidad, la confidencialidad y la voluntariedad. Galicia (2016) destaca principios como la equidad, veracidad, buena fe y honestidad que guían la negociación. Este mecanismo permite a las partes determinar sus propias fórmulas de arreglo, enfocándose en intereses mutuos y un costo mínimo.
- Mediación:
La mediación busca una solución pacífica y también apunta a sanar las relaciones entre las partes. A diferencia de la conciliación, no hay un tercero neutral, sino que se busca un entendimiento genuino. Peláez (2017) destaca características como la voluntariedad, confidencialidad, neutralidad e imparcialidad, autorresponsabilidad y flexibilidad. La mediación se rige por principios como igualdad, libertad, bien común, oralidad, imparcialidad y justicia. Es una herramienta que va más allá de la resolución superficial de conflictos, buscando la armonía entre las partes.
- Amigable Composición:
La Ley 1563 de 2012 define la amigable composición como un proceso en el cual las partes delegan a un tercero, llamado amigable componedor, la facultad de resolver una controversia contractual con fuerza vinculante. Este mecanismo es hetero compositivo, implica honorarios y lleva a una decisión que adquiere fuerza de cosa juzgada. En la práctica, se observa un mayor uso de los MASC gratuitos, como la conciliación en consultorios jurídicos y entidades estatales, debido a la accesibilidad económica. Es crucial tener claro el tipo de método necesario según las circunstancias y buscar asesoría adecuada.
Estos métodos que van desde la conciliación hasta el arbitraje, proporcionan a las partes involucradas agilidad en la resolución de controversias, fomentando la autonomía de las partes al permitirles seleccionar el mecanismo más adecuado a sus necesidades particulares.
La comprensión y la aplicación de estos mecanismos son pilares fundamentales en la vida jurídica, promoviendo una justicia más accesible y adaptada a la complejidad de las relaciones legales contemporáneas.
Arbitraje vs. Proceso Judicial: ¿Cuál es la mejor opción para resolver discrepancias?
Cuando las partes enfrentan desacuerdos insalvables, recurrir a una tercera persona es crucial. La elección entre arbitraje y proceso judicial marca la diferencia en varios aspectos.
Personas Involucradas:
- En el proceso judicial, un juez ordinario designado por la ley asume el control, sin influencia de las partes.
- En el arbitraje, los involucrados pueden seleccionar árbitros, influyendo en la formación del tribunal y el proceso.
Flexibilidad del Proceso:
- El proceso judicial sigue las normas jurídicas vigentes, determinando la decisión final.
- El arbitraje, regido por el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional deja más espacio para la voluntad de las partes en la resolución final.
Presentación de Pruebas:
- Las pruebas en el proceso judicial pueden ser denegadas más fácilmente.
- En el arbitraje, se tiende a aceptar todas las pruebas solicitadas para evitar anulaciones del proceso.
Documento de Resolución:
- En el sistema judicial, la resolución se llama sentencia.
- En el arbitraje, se conoce como laudo.
Lugar del Procedimiento:
- El proceso judicial sigue criterios legales y, a veces, permite acordar un lugar antes del conflicto.
- En el arbitraje, los involucrados o el árbitro determinan el lugar de celebración.
Al entender estas diferencias, podrás elegir la opción que mejor se adapte a tus necesidades al enfrentar conflictos.
En el ámbito del arbitraje, ya sea a nivel internacional o nacional en Colombia, la aplicación del Código General del Proceso no es automática, sino que depende del acuerdo de las partes involucradas, cada caso y tribunal son únicos, y no hay reglas fijas para el arbitraje internacional. Se destaca que las reglas locales de los procesos civiles no deben introducirse a menos que las partes lo acuerden expresamente.
En el contexto nacional, existen normas preestablecidas para regular el procedimiento, muchas de las cuales son similares a las que rigen en las cortes locales. Sin embargo, el artículo 58 de la Ley 1563 del 2012 establece que estas normas son supletivas, y las partes tienen la facultad de acordar disposiciones diferentes, salvo en casos específicos relacionados con entidades estatales.
A largo plazo se podría avanzar hacia una regulación monista del arbitraje en Colombia, en el corto plazo sería beneficioso promover una mayor conciencia sobre la flexibilidad de los procedimientos arbitrales en la legislación actual. Esto aplica tanto a los arbitrajes internacionales como a los nacionales, alentando a los usuarios a aprovechar esta flexibilidad para adaptar el proceso a las particularidades de cada disputa.
El arbitraje en Colombia ha ganado protagonismo como una vía efectiva para resolver conflictos legales, abarcando desde asuntos civiles hasta comerciales. Según el Ministerio del Interior y Justicia, la conciliación civil y comercial se entrelazan, incluyendo disputas de naturaleza patrimonial en diversas ramas del derecho. Este fenómeno se replica en el ámbito del arbitraje, donde se enfrentan conflictos estatales, internacionales, contratos de servicios públicos, laborales, entre otros, siendo estos últimos sometidos generalmente a arbitrajes técnicos, dada la necesidad de conocimientos especializados (Cristancho, 2002).
Los centros de arbitraje clasifican sus listas de árbitros en especialidades de acuerdo con los asuntos a tratar como civil, comercial, administrativo, seguros, sociedades, entre otras. Por ejemplo, en casos relacionados con el ámbito comercial, la elección de árbitros proviene de la lista correspondiente, ya sea por mutuo acuerdo o por sorteo, ya que se debe asegurar que la persona interviniente en la solución de la controversia, tenga conocimientos específicos sobre la materia, tomando decisiones acordes a la ley.
Siempre y cuando se hayan establecido previamente el pacto arbitral las controversias que se pueden solucionar por arbitraje o arbitramento son el incumplimiento de los contratos (ejemplo contrato de arrendamiento, compraventa, suministro, etc.), la responsabilidad civil extracontractual y en general los asuntos de libre disposición.
En materia Laboral, en tribunal de arbitraje es un mecanismo que busca resolver el conflicto que se pueda presentar entre un empleador y una organización sindical, por lo que está conformado por 3 árbitros designados de la siguiente manera: Uno designado por el sindicato, uno designado por el empleador y uno designado por los otros dos árbitros o de las listas por parte del Ministerio del Trabajo. En este punto, es importante tener en cuenta que el conflicto colectivo perdura hasta que se emita un Laudo Arbitral, el cual quedará en firme después de transcurridos tres días desde su notificación.
En conclusión, el arbitraje, en todas sus formas, ofrece una alternativa valiosa para la resolución de conflictos legales en Colombia, permitiendo a las partes encontrar soluciones especializadas y eficientes fuera del sistema judicial tradicional con árbitros como protagonistas y el laudo arbitral como epílogo, este mecanismo ofrece un enfoque diferente y, a menudo, más eficiente para alcanzar la justicia. Al optar por el arbitraje, las partes contribuyen a descongestionar los despachos judiciales, promoviendo la celeridad en la solución de conflictos, al tiempo que se benefician de un proceso más flexible y adaptado a sus necesidades particulares. Por último, la confidencialidad y la posibilidad de designar árbitros especializados agrega un valor a este enfoque, consolidando su importancia en la búsqueda de justicia y equidad en el ámbito legal colombiano.
¡Si quieres recibir una asesoría personalizada GRATIS acerca del Arbitraje, contáctanos!
G&M Consultores Jurídicos
https://api.whatsapp.com/message/XR7PDKOQS3R6A1?autoload=1&app_absent=0


