¿Eres emprendedor/a y no sabes cómo legalizar tu empresa?

G&M Consultores Jurídicos
08 Junio 2023
Wilson E. García Valderrama

¿Eres emprendedor/a y no sabes cómo legalizar tu empresa?

En G&M Consultores Jurídicos te queremos contar cuáles son las principales modalidades para registrar tu empresa. 

Foto gratuita jóvenes empresarios en la oficina trabajando con tabletaSi tienes un proyecto, emprendimiento, negocio o idea que te funciona, puede ser el momento de que empieces a organizar tu empresa, formalizarte no solo ayudará a mostrar tu negocio o emprendimiento con más seriedad y profesionalismo, sino también permitirá crear confianza entre tus clientes y hasta acudir a un régimen de tributación favorable para las pequeñas empresas. 

En Colombia cuentas en principio con dos grandes alternativas para formalizar tu negocio:

  1. Persona Natural Comerciante. Cuando se inicia un negocio, lo más común es hacerlo directamente y registrarse en Cámara de Comercio como persona natural comerciante, es entre otras, una de las alternativas sencillas que te permiten presentarte públicamente como comerciante en los registros públicos y así mismo cuentas con la obligación de llevar contabilidad.

Características:

  • No constituye sociedad, el registro es a nombre del comerciante
  • El negocio está atado al comerciante.
  • El comerciante debe informar dirección de su establecimiento de comercio.
  • El comerciante debe llevar contabilidad 
  • La persona natural comerciante no es responsable del impuesto de las ventas IVA ni facturar electrónicamente, a menos que: 
  1. Sus ingresos brutos de la actividad en el año anterior o en curso superen las 3.500 UVT (Unidad de Valor Tributario -UVT-: para el año 2023 está en $42.412)
  2. Tenga más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.
  3. Desarrolle actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
  4. Sea un usuario aduanero.
  5. haya celebrado contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 3.500 UVT.
  6. Que el monto de las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año, provenientes de actividades gravadas con IVA superen 3.500 UVT.

 

  • Persona Jurídica. (Sociedad y Empresa Unipersonal)

La persona jurídica es una modalidad a la cual se le reconoce derechos y adquiere obligaciones. Si bien se trata de una realidad jurídica sin existencia física, cumplen una función instrumental en la sociedad moderna,  en materia comercial es una herramienta que permite la realización de proyectos y empresa separado de la existencia de las persona naturales que la constituyen. 

Para constituir empresa en Colombia y constituir una persona jurídica, se puede acudir a dos grandes alternativas: 1. Constituir una Sociedad y; 2. Constituir una Empresa Unipersonal 

  • SOCIEDAD. 

La constitución de una sociedad enmarca el ánimo de lucro propio de la naturaleza comercial de la sociedad, la cual no es otra cosa que la reunión de esfuerzos y capital para la realización de un objeto social o común, vale aclarar también que en Colombia está permitido la constitución y existencia de una sociedad con un solo socio. 

Como lo mencionamos en nuestro Blog de Tipos de Sociedades, existen diferentes tipos de sociedades tanto de capital como de personas, donde se aclaró que la diferencia radica en que las sociedades por capital no importan la persona, sino los aportes que puede realizar a la sociedad; mientras que en las sociedades por personas priman las cualidades del socio. Así mismo, estas dos categorías se subdividen en: Sociedad Colectiva, Sociedad Comandita, Sociedad de Responsabilidad Limitada (LTDA), Sociedad Anónima (SA), Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), Sociedades de Económica Mixta. Si quieres saber más sobre la clasificación de sociedades en Colombia consulta nuestro Blog sobre Tipos de Sociedades.

Aunque parezca que son muchos los tipos societarios, lo cierto es que en Colombia el tipo societario que ha utilizado con mayor frecuencia desde el año 2008 ha sido la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), precisamente porque es un tipo societario creado mediante la ley 1258 de 2008 y brinda flexibilidad así como facilidad en su constitución, cumple con los cometidos invertir un capital, representarlo en acciones y participación a favor de los socios e, incluso, abre el catálogo variados objetos sociales.

Si bien, muchas las características y beneficios que conlleva a la constitución de sociedad dependiendo de su tipología, las más destacadas son:

  1. La existencia de la sociedad es independiente a la existencia de sus socios
  2. La sociedad puede adquirir derechos y obligaciones independientemente de sus socios.
  3. Por regla general, las sociedades de capital limitan la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus aportes, salvo casos muy especiales como el levantamiento del velo societario o cuando el socio a su vez es representante legal. 
  4. Responsable de IVA 
  5. Responsable de Facturación Electrónica, a menos que no esté obligado conforme el art. 1.6.1.4.3 del Decreto 1625 de 2016 (Modificado por Decreto 358 del 2020), tales como: Bancos, compañías de financiamiento, corporaciones financieras, Cooperativas de ahorros y crédito, Fondos de Empleados, empresas de transporte público, quienes presenten servicios electrónicos o digitales desde el exterior.
  6. La sociedad está obligada a llevar contabilidad 
  • Empresa Unipersonal -EU-

Bajo esta modalidad se crea una persona jurídica independiente al dueño, sin constituir sociedad. El principal efecto es separar el patrimonio de la empresa del patrimonio del dueño. La empresa Unipersonal se encuentra regulada en el artículo 71 de la ley 222 de 1995:

“Mediante la Empresa Unipersonal una persona natural o jurídica que reúna las calidades requeridas para ejercer el comercio podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil.

La Empresa Unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil, forma una persona jurídica.”

Como principales características se encuentra:

  • La Empresa Unipersonal pertenece a una sola persona.
  • La ley permite que el dueño venda todo o parte de la Empresa, pero si al vender parte de ella pertenece a dos o más personas, debe transformarse en una sociedad.
  • El dueño no puede retirar libremente los bienes de la Empresa Unipersonal, salvo que se trate de utilidades debidamente justificadas. Si quiere retirar bienes, el dueño deberá liquidar la empresa o disminuir su capital.
  • Está obligado a llevar contabilidad 
  • Responsables del IVA, siempre y cuando desarrollen actividades que constituyan el hecho generador del impuesto
  • Factura Electrónicamente 

De acuerdo con la actividad comercial, proyecto o negocio cada modalidad podrá ser efectiva y que otras y cumplir con tus objetivos. Lo más importante es que te informes de las ventajas y desventajas de cada alternativa, así como guiarte por profesionales que buscarán lo mejor para ti y tu negocio. Contáctanos sin compromiso ni cobro de consulta Click Aquí

En resumen, legalizar tu empresa en Colombia implica cumplir con una serie de trámites y requisitos legales. G&M Consultores se destaca como la mejor firma de abogados para asesorarte en este proceso, brindando experiencia, conocimiento y un sólido respaldo legal para garantizar el éxito de tu emprendimiento.

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