¿Te has preguntado cómo ceder o transferir un establecimiento de comercio de Persona Natural Comerciante a una Empresa?
05 Octubre 2023
Por. Wilson E. García V.

¡No busques más, estamos aquí para guiarte en este proceso!
Iniciar un negocio como persona natural es común al emprender un proyecto, pero a medida que tu actividad comercial crece, es posible que consideres la opción de constituir una empresa independiente. Entonces, surge la pregunta: ¿Puedes transferir ese establecimiento de comercio inicial a la nueva empresa? La respuesta es sí, y aquí en G&M Consultores Jurídicos te explicaremos cómo.
En primer lugar, es esencial comprender que el registro de un establecimiento de comercio en la Cámara de Comercio implica inscribir un conjunto de bienes organizados para llevar a cabo tu actividad comercial o empresarial. Esto puede incluir tiendas, restaurantes, almacenes, entre otros. Los elementos clave de un establecimiento de comercio abarcan desde el nombre comercial y las marcas hasta las mercancías, el mobiliario y los contratos de arrendamiento.
Para entender mejor de que se trata un establecimiento de comercio, hay saber cuáles son los elementos que forman parte del establecimiento de comercio:1. La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y de servicios; 2. Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento. 3.Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares. 4. El mobiliario y las instalaciones. 5. Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al arrendamiento de los locales en que funciona si son de propiedad del empresario, y las indemnizaciones que, conforme a la ley, tenga el arrendatario. 6. El derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama comercial.7. Los derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias del establecimiento, siempre que no provengan de contratos celebrados exclusivamente en consideración al titular de dicho establecimiento.
La buena noticia es que un establecimiento de comercio puede estar en manos tanto de personas naturales como de empresas. Además, es transferible. Para hacerlo, se requiere un instrumento jurídico que respalde la transferencia, como un contrato de compraventa o un acuerdo de aporte de un socio al capital de la empresa que se está constituyendo. Este documento debe ser claro, explícito y, lo más importante, estar registrado en la Cámara de Comercio.
Si bien el instrumento jurídico puede ser un documento privado, se recomienda que cuente con la presentación personal ante notario o ante la Cámara de Comercio. En el caso de que el establecimiento de comercio incluya la propiedad de un inmueble, las reglas de enajenación de bienes raíces deben seguirse, lo que significa que la venta o cesión debe realizarse mediante escritura pública ante notario.
Finalmente, en el evento que desees vender un establecimiento de comercio, debes tener en cuenta que, para registrar la compraventa en la Cámara de Comercio, además de los requisitos básicos como objeto, nombre de compradores y valor, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Indicar lugar y fecha de registro.
- Proporcionar información completa de vendedor y comprador, incluyendo documentos de identificación y domicilio. Si hay apoderado, adjuntar copia del poder.
- Especificar el objeto del negocio, aclarando que no se trata de la razón social ni del local comercial.
- Identificar claramente el establecimiento de comercio a vender, con dirección y número de matrícula mercantil, indicando si la venta es total o parcial.
- Detallar el precio de la venta y la forma de pago.
- Demostrar que el establecimiento no tiene gravámenes.
- Confirmar que el comprador está satisfecho y de acuerdo con el precio.
- Adjuntar una copia auténtica del contrato, reconocido por notario o presentado personalmente por los otorgantes ante la Cámara.
- Presentar un Formulario Único Empresarial completo y sin correcciones si el comprador no está registrado.
- Verificar que la Matrícula Mercantil del vendedor esté actualizada en la fecha de registro.
- Proporcionar el RUT del comprador.
- Presentar una solicitud de cancelación de matrícula mercantil si el vendedor persona natural no seguirá comerciando.
- Adjuntar una copia del recibo de pago del impuesto de registro.
- Comprobar el pago de retención en la fuente; si el contrato es una escritura pública, pagar en la notaría. Si es un documento privado, pagar el 1% sobre el valor de la venta en la entidad bancaria y completar el recibo oficial de pagos de la DIAN.
- Cancelar los derechos de inscripción para el documento de compraventa, matrícula del comprador y cancelación de matrícula del vendedor.
- Asegurarse de que el contrato sea claro en que no se trata de la venta de la razón social ni del local comercial, sino del establecimiento de comercio.
En G&M Consultores Jurídicos estamos aquí para brindarte orientación profesional en todos tus asuntos comerciales. Si deseas saber más o tienes preguntas, no dudes en contactarnos. Estamos listos para ayudarte en este proceso sin compromiso y sin costo alguno. ¡Tu éxito en el mundo empresarial es nuestra prioridad!



